Seguro de Renta de Estudios
Protege el futuro de tus hijos garantizando la continuidad de sus estudios con una renta mensual en caso de tu defunción o invalidez permanente y absoluta.
Tarifica y contrata









Protege el futuro de tus hijos garantizando la continuidad de sus estudios con una renta mensual en caso de tu defunción o invalidez permanente y absoluta.
Tarifica y contrataGarantiza el pago de una renta mensual por cada hijo inscrito ante la situación de necesidad económica provocada por el fallecimiento o invalidez permanente y absoluta de la persona asegurada. Características principales:
Te ofrecemos un seguro que garantiza tu tranquilidad y el de tus familiares en caso de hospitalización. Con coberturas como las siguientes:
 
        
                      
    
                Ámbito geográfico mundial, tanto de la persona asegurada como de la persona a proteger.
 
        
                      
    
                El pago de la renta puede llegar hasta que la persona a proteger cumple los 28 años.
 
        
                      
    
                Cobertura complementaria a la pública de la Seguridad Social y al de cualquier otro seguro privado.
 
        
                      
    
                Libertad para dedicar la renta a lo que desee la persona beneficiaria.
 
        
                      
    
                Las personas a proteger pueden ser hijos, otros familiares o incluso personas sin parentesco.
 
        
                      
    
                Posibilidad de fraccionar el recibo de forma mensual, trimestral o semestral.
 Ficha  (355,74 kB)
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 Reglamento Renta Estudios  (362,09 kB)
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Abono de una pensión mensual y temporal, en caso de fallecimiento de la persona asegurada, con una duración que se calculará por la diferencia entre la edad final fijada de la persona a proteger y su edad en la fecha de inicio de abono de la pensión.
Abono de una pensión mensual y temporal, en caso de invalidez permanente y absoluta de la persona asegurada, con una duración que se calculará por la diferencia entre la edad final fijada de la persona inscrita y su edad en la fecha de inicio de abono de la pensión.
 
        
                      
    
                
Nuestro equipo de consultoría te informará de la solución que mejor se adapte a tus necesidades.
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