Seguro Decenal de Construcción

Cubre los daños que se produzcan en edificaciones de nueva construcción frente a posibles defectos de estructura.

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Ventajas de nuestro seguro

El seguro Decenal garantiza los daños que se produzcan en la edificación de nueva construcción por defectos que tenga en su estructura y comprometan su resistencia y estabilidad. Destacamos coberturas como las siguientes:

  • Daños en el conjunto de la obra (cementación, estructura, instalaciones, etc.) debidos a materiales defectuosos oa errores de concepción o ejecución.
  • La cobertura comienza con la entrega de la obra y tiene una vigencia de 10 años.
  • Coberturas complementarias como: preexistentes, obra secundaria o impermeabilización de fachadas.
  • Opción de contratar diferentes modalidades según las necesidades de la obra (obra nueva, reforma o ampliación...etc.

Características del seguro

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Daños de la obra

Reparación de los daños que pudieran derivarse de la obra durante su ejecución.

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Materiales defectuosos

Protección contra materiales defectuosos, garantizando la reparación o sustitución de los elementos afectados.

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Errores de ejecución

Reparación de los daños estructurales causados ​​por una incorrecta ejecución.

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Garantía para los compradores

El seguro proporciona una garantía para los compradores y una tranquilidad para los promotores.

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Resolución siniestros

Simplicidad en la resolución de siniestros.

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Coberturas opcionales

Coberturas opcionales como garantías trienales, impermeabilización de cubiertas y fachadas, entre otros.

Modalidades

  • Obra nueva.
  • Reforma/ ampliación que afecta a la estructura
  • Obra terminada
Assessors

Nuestro equipo de consultoría te informará de la solución que mejor se adapte a tus necesidades.
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FAQ - Preguntas frecuentes

1. ¿Es obligatorio contratar un seguro decenal?
Efectivamente, tanto la empresa promotora como la persona particular que realice una obra de construcción de edificios de viviendas para terceros necesita el seguro obligatorio de garantía decenal.
2. ¿Quién debe contratar una póliza decenal?
Según la Ley de Ordenación de la Edificación el seguro decenal debe contratarlo el Promotor. Opcionalmente también puede contratarla el constructor.
3. ¿Es necesario disponer de una OCT para la contratación de una póliza de decenal?
Por lo general, la mayoría de compañías aseguradoras piden que la obra esté supervisada por un Organismo de Control Técnico como control de las diferentes fases de la ejecución de la obra.
4. ¿Qué plazo dispone el propietario para reclamar al promotor?
El plazo es de hasta 10 años por daños que afecten a elementos estructurales del edificio.

Servicios adicionales

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